Nuevo decreto de criptomonedas: palabra al experto

hace 3 años

Nuevo decreto de criptomonedas: palabra al experto

La publicación de la 17 de febrero último en el boletín oficial del nuevo decreto del Ministro de Economía Daniele Franco hacerlos oficiales nuevas reglas previstas para los criptooperadores italianos que tengan la intención de operar en Italia marcando el nacimiento de la Sección especial del Registro Cambiario a cargo de la OAM.

Incluso antes de ser publicado en Boletín Oficial el decreto ya había alimentado discusiones y dudas, así como temores sobre su efectividad y los impactos que podría tener en el sector.

¿Qué cambiará en el criptomercado con el nuevo DL? Análisis del experto Vincenzo Pone.

Lo cierto es que el legislador destinado a aumentar el control sobre las operaciones con el fin de prevenir el fraude y las transferencias ilegales de dinero, además, en continuidad con las actividades de consulta iniciadas en 2018 de conformidad con el artículo 17-bis, párrafo 8-ter del decreto legislativo n.º 141 de 13 de agosto de 2010, introducido por el artículo 8, párrafo 1, del decreto legislativo de 25 de mayo de 2017, n . 90.

Llega la obligación de informar para todos los operadores de moneda virtual

De hecho, el decreto regula la “Métodos y tiempos con los que los operadores de moneda virtual están obligados a comunicar las operaciones en el territorio nacional, así como las formas de cooperación con las fuerzas policiales”.

En detalle, en lo que se refiere a la sección especial del Registro OAM:

  • quienes ya estén operando en el sector deberán registrarse en el plazo de 60 días a partir del 18 de mayo de 2022 (en caso de incumplimiento del citado plazo, o denegación del registro por parte del Organismo, cualquier ejercicio de la actividad se considerará abusivo);
  • quienes inicien su actividad después del 18 de mayo de 2022, deberán comunicar su intención de operar en Italia, adaptándose a los requisitos reglamentarios, y esperar la decisión del Organismo para poder operar legalmente en Italia. El Organismo dispondrá de 15 días para verificar la regularidad y exhaustividad de la comunicación.

losobligación de registro para todos los proveedores de servicios de billetera digital así como en relación con el uso de activos digitales en la sección especial del registro público informatizado, a cargo de la OAM (Órgano competente con carácter exclusivo y autónomo para la gestión de las Listas de Agentes Financieros y Mediadores de Crédito).

La obligación de registro se aplicará tanto a los operadores italianos como a los operadores extranjeros que tengan la intención de prestar servicios en "métodos telemáticos, en el territorio de la República, posiblemente utilizando sitios web" o aplicaciones.

Para los que no cumplan con las sanciones hasta el apagón del sitio

Esto significa que para cualquier persona que quiera operar en el mundo de las criptomonedas, este registro representará una condición indispensable para el ejercicio legal de su negocio con sanciones que pueden llegar al bloqueo del sitio web.

Además del registro, también se proporciona una comunicación trimestral de todos los nombres de sus clientes y todas las operaciones realizadas por cada uno de ellos. De esta manera entonces el MEF tendrá disponible tanto un dato agregado de todos los movimientos en criptomonedas como relativo a los movimientos individuales de cada clientecon vistas a una lucha más eficaz y eficiente contra el blanqueo de capitales, contra las actividades ilícitas y una mayor sencillez en las actividades de control y valoración.

De hecho, los operadores deben comunicar: contravalor en euros, en la fecha del último día del trimestre de referencia, del saldo total de monedas legales y virtuales, el número y valor total en euros de las operaciones de conversión de moneda legal a moneda virtual y viceversa y el número de operaciones de transferencia de moneda saliente y entrante desde/hacia el proveedor de servicios en relación con el uso de moneda virtual referible a cada cliente.

Un censo real de inversores y operadores: ¿realmente era necesario?

Estamos ante un censo del mundo criptoa la creación de una verdadera oficina de registro en la que se intercambio criptográfico y todos los gerentes de billetera criptográfica. Si bien estas medidas cambiarán poco desde el punto de vista de los inversores, para quienes la obligación de informar las cuentas con fines antilavado de dinero y la determinación de cualquier ganancia de capital ciertamente no es nueva, podrían crear dificultades operativas para los intercambios.

Lo que más desconcierta y suscita más reflexión, en mi opinión, es en primer lugar el enfoque que ha elegido el legislador: un enfoque que también puede ser efectivo pero que suena obsoleto y anacrónico tanto en general como con respecto al ecosistema criptográfico. En esencia, los intercambios y cualquier otra cosa que opere en el mundo de las criptomonedas viene a asimilarse a un cambio de moneda o transferencia de dinero.

La sensación de "inadecuación", si se me permite, es muy evidente cuando se lee entre líneas el decreto y sus anexos cuando se tiene la sensación de que no se ha entendido bien el asunto. Ciertamente no soy el único que, por ejemplo, se habrá preguntado por qué criterio entre las notas de los archivos adjuntos se le pide que indique el "equivalente en euros" es decir ese valor"establecido por el proveedor de servicios en relación con el uso de moneda virtual sobre la base del valor establecido al cierre del día de mercado en la plataforma del proveedor de servicios ".

En resumen, un valor típico de un mercado de valores tradicional, ciertamente no alineado con la naturaleza y el funcionamiento de las criptomonedas..

La burocracia italiana presenta la factura al criptomundo, más interesado en la base imponible que en el desarrollo del sector

Asistimos de alguna manera al intento de apretar en la malla de la burocracia tradicional algo que nació para romperlas o al menos cambiarlas. Somos conscientes de que lo que se esperaba en los albores del nacimiento de las criptomonedas, la independencia basada en una confianza compartida que las inspiraba, tendría entonces que enfrentarse a la realidad pero, queriendo estimular la reflexión, más bien, parece que la realidad quiere presentar la factura al mundo criptográfico interesado ya que está más en el presente imponible que en el desarrollo futuro.

Neto de imperfecciones, dudas o disputas, el marco normativo ya era conocido y lo expresado en el próximo decreto no hace más que fortalecerlo y confirmarlo.

El consejo: mantener toda la documentación y el trabajo a tiempo no solo para las obligaciones fiscales

El decreto empujará a los operadores a ser más”sensible“A la problemática del lavado de dinero y con toda probabilidad se incrementarán los reportes de actividades sospechosas ya que se destina a incrementar la actividad fiscalizadora de los Policía de Finanzas y todos los demás cuerpos policiales que puedan tener acceso a los datos del registro.

Refuerza, a la espera de nuevos desarrollos, al mismo tiempo el consejo de no esperar a la expiración de las declaraciones de impuestos para regularizar su posición sino trabajar a tiempo preparar la documentación adecuada para sustentar sus actividades, a conservar en caso de liquidación, así como contar con herramientas válidas para determinar los valores a incluir en la declaración.

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