El 7 de diciembre Francia fue el primer país de la Unión Europea en transponer la CSRD (Directiva de información corporativa sobre sostenibilidad)publicado el 16 de diciembre de 2022. En él se especifica el contenido y el formato de la información corporativa sostenible, se amplía el ámbito de aplicación y se amplían las obligaciones de transparencia. Hasta entonces, la NFRD (directiva de informes no financieros) europea aplicaba y exigía que las organizaciones publicaran una DPEF (declaración de desempeño extrafinanciero).

Esta nueva directiva pone fin a la separación entre sostenibilidad y finanzas al sustituir gradualmente, a partir del 1 de enero de 2025, el DPEF por un informe de sostenibilidad. El documento contendrá información precisa, verificable y accesible sobre todos los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG), según el llamado principio de doble materialidad. Según este último, las organizaciones deben medir tanto los principales impactos ESG en su desempeño financiero como los impactos de su actividad y su cadena de valor en el medio ambiente y la sociedad.

Índice
  1. Una cantidad y variedad de datos imponente
  2. Estandarización de formato y contenido.
    1. Estudio: las empresas europeas todavía están mal preparadas

Una cantidad y variedad de datos imponente

La directiva afecta a un mayor número de organizaciones (unas 50.000). Todas las empresas que cotizan en los mercados regulados europeos, independientemente de su tamaño, deben cumplirlo: las microempresas están exentas y las pymes se benefician de obligaciones reducidas. A esto se suman todas las empresas europeas que superen al menos dos de los tres umbrales siguientes: 250 empleados, 40 millones de euros de facturación y 20 millones de euros de balance total, así como determinadas estructuras fuera de las fronteras de la Unión. europea, pero con una facturación superior a los 150 millones de euros en la Unión.

Los informes CSRD requerirán que las empresas tengan una cantidad significativa de datos cuantitativos y cualitativos con un nivel impecable de precisión. Hablamos, por ejemplo, de la huella de carbono, del impacto en la biodiversidad o del respeto a los derechos humanos por parte de la empresa y toda su cadena de valor. Los desafíos de recopilación de un gran número de fuentes internas y externas o de medición, verificación de la calidad, cumplimiento, almacenamiento, procesamiento y formateo de datos son imponentes y complejos para la DG, la DAF, el CSR pero también para el departamento de TI. Este último será, en particular, el elemento central de la elección de las bases tecnológicas adecuadas para este enfoque.

Estandarización de formato y contenido.

De este modo, el CSRD pretende reforzar las obligaciones de transparencia de las empresas en términos de sostenibilidad, en particular mediante la estandarización de las prácticas de presentación de informes en este ámbito mediante indicadores comunes. Al igual que ocurre con la factura electrónica, también implica el uso de un formato de informe digital estándar común (xHTML) para fines de procesamiento y comparación. En particular, la Comisión Europea ha encomendado El grupo asesor europeo en materia de información financiera (Efrag) definir formatos estándar de informes, los estándares europeos de informes de sostenibilidad (ESRS)cuyo objetivo será proponer una grilla de análisis, armonizar los informes y permitir el procesamiento automatizado con soluciones informáticas. Hasta la fecha se han publicado 12 ESRS.

La transposición al derecho francés se aproxima mucho al texto europeo. Sin embargo, permite a las empresas elegir al auditor de su información de sostenibilidad: auditor o asegurador independiente. Al igual que el auditor, será nombrado en la junta general y no por el director de la estructura. Además, las empresas que no hayan publicado su informe ya no tendrán acceso a la contratación pública y aquellas cuya información de sostenibilidad no haya sido auditada serán pasibles de multas y penas de prisión.